"Los camiones con granos o carne no pasan".
Código Penal - ARTICULO 158. - Será reprimido con prisión de un mes a un año... el patrón, empresario o empleado que, por sí o por cuenta de alguien, ejerciere coacción para obligar a otro a tomar parte en un lock-out...
Código Penal - ARTICULO 194. - El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años.
Código Penal - ARTICULO 212. - Será reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación.
Código Penal - ARTICULO 213 bis. - Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación.
Código Penal - ARTICULO 237. - Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.Código Penal - ARTICULO 238. - La prisión será de seis meses a dos años: ... 2) Si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas;...
Yo digo, no, para qué pedimos leyes más duras si las que tenemos son claras y no hay policía, gendarmería, fiscales ni jueces que las hagan cumplir. Salvo para los pescadores, claro.
(Gracias, Roque, por el aporte legal)
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